Recientemente se ha
publicado en el periódico de La Vanguardia una noticia donde se destaca una
resolución judicial de la vía civil, derivada de un proceso de reclamación de
cantidades por los daños y perjuicios acontecidos tras una negligencia médica.
La sentencia de un juzgado de Sevilla, condena a
un cirujano plástico y a su aseguradora a pagar 583.103,89
euros a una mujer a la que implantó en el 2003 una prótesis mamaria que el
médico fisuró y cuya silicona se expandió a varios órganos del cuerpo hasta
dejarla con una invalidez absoluta. Se trata de una de las más altas indemnizaciones atribuidas en España a
negligencias médicas por cirugía estética.
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En este caso, la parte demandante, decidió contratar de forma privada los servicios de un perito social forense para que realizara una valoración de los factores sociales afectados.
El peritaje realizado por mis compañeras de profesión de la empresa Firma Quattro, ha tenido un peso determinante como base para el cálculo de la indemnización.
La influencia del Dictamen Pericial Social, se ve
reflejada de forma clara y contundente en la sentencia, siendo deducible que
entre un 30% y un 40% del valor indemnizatorio se debe a la valoración de esos
factores sociales que el informe refleja de forma gráfica y documental. Además
la sentencia destaca con firmeza que el dictamen pericial aportado, ofrece
datos contrastables e irrefutables por su acreditación, que han servido de base
para el cálculo de dicha indemnización.
Hay innumerables casos
en los que las variables sociales
puedan ser objeto de estudio e interpretación, lo que demuestra la importancia de la prueba
pericial social, siendo este caso, un claro ejemplo del valor añadido y
diferencial que los Dictámenes aportan a los distintos procesos judiciales.